Hoy en día, las comunidades de vecinos tienen que enfrentarse a diferentes situaciones que pueden alterar su funcionamiento. Además de las obras en la comunidad o la presencia de okupas, los vecinos también deben enfrentarse a la posibilidad de tener un alquiler turístico en el edificio. Para que la convivencia sea buena, las normas comunitarias de las viviendas de uso turístico y comunidad de propietarios deben respetarse, para evitar problemas relativos al uso de algunas zonas comunes como la piscina comunitaria.
¿Qué se considera alquiler turístico?
Cuando hablamos de una vivienda de alquiler turístico o vacacional, se hace referencia a las utilizadas con una duración menor a 30 días, siempre con fines no residenciales. Pueden estar incluidas dentro de un bloque, comunidad o urbanización donde haya viviendas con otros fines.
No se debe confundir con el alquiler de temporada. En estos casos, el arrendamiento de la vivienda cubre necesidades de trabajo, vacaciones u otros. La duración será la pactada entre el dueño y los arrendatarios, sin haber un mínimo ni máximo de tiempo.
¿El piso turístico es legal en mi comunidad de vecinos?
Para comprobar si el apartamento turístico es legal, además de conocer el cumplimiento de la Ley de Propiedad Horizontal, debemos atender a la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) que regula el arrendamiento de fincas destinadas a la vivienda.
De esta manera, debemos tener en cuenta que algunas comunidades autónomas pueden tener su propia regulación por encima del estatuto de vecinos. Por ejemplo, en Valencia las viviendas deben cumplir una serie de requisitos mínimos que permiten optar a la licencia de alquiler vacacional. Entre ellas, se encuentran las siguientes:
- Clasificación según la categoría establecida en el Anexo del Decreto 92/2009 del 3 de julio
- Registro como alojamiento de uso turístico en el Registro de Empresas, Establecimientos y Profesionales Turísticos
- Que cuente con hoja de reclamaciones
- Suministros de consumo (luz, gas y electricidad)
- Identificación de vivienda turística
- Vivienda en perfectas condiciones (por ejemplo, contar con calefacción y/o aislamiento térmico)
Sin embargo, la normativa de alquiler de pisos turísticos en Madrid requiere, además de estos requisitos, otros procedimientos:
- Disponer de cédula de habitabilidad y/o licencia de primera ocupación
- Estar amueblado y listo para la ocupación inmediata
- Plano de vivienda firmado por un arquitecto
- No estar destinado al uso de vivienda permanente
Para determinar si el piso turístico en la comunidad es legal, deberá por tanto cumplir con la normativa y estar actualizado para cumplir con la última legislación vigente. Por ejemplo, recientemente la Comunidad de Madrid cambió las condiciones para que los pisos de alquiler turístico tan sólo puedan estar en los bajos de las viviendas.
Pisos turísticos: el papel de la comunidad de vecinos
El Presidente de la Comunidad o, en su defecto, el administrador de fincas será el encargado de verificar, que el dueño del piso donde está instalado el alquiler turístico, sigue cumpliendo con la normativa de los vecinos y está al día en los pagos de mantenimiento de la comunidad.
También podemos reforzar la seguridad en la comunidad mediante la instalación de cámaras de seguridad. Si nuestro portal cuenta con puertas de forja o aluminio, lo más aconsejable será cambiar la puerta por una más resistente. De esta manera, evitaremos que el uso continuado de la misma genere deterioro en sus materiales y sensación de abandono al portal.
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