Dentro de las gestiones que un Presidente de la Comunidad debe realizar, se encuentra la gestión de los problemas que puedan surgir en el tiempo. Como ayuda, muchas comunidades de propietarios cuentan con un seguro.
¿Qué es el seguro de comunidad?
Cuando hablamos del seguro de propietarios, nos referimos a una póliza multirriesgo que sirve para proteger todas las zonas comunes que la forman. Aunque cada vecino cuente con un seguro de hogar propio, estos no cubren las averías, derramas y otros problemas que pueda surgir fuera de la vivienda propia.
Salvo que se indique lo contrario, estas pólizas cubren todas las áreas de la comunidad. Los problemas en trasteros, garajes, jardines o piscinas, estarían dentro de las coberturas de estos seguros.
Seguro comunidad de propietarios: obligatorio o no
En la Ley de Propiedad Horizontal, se indica que es recomendable contar con un seguro, pero no su obligatoriedad. Por eso, cuando se disponga la constitución de la comunidad de vecinos, es importante decidir si queremos contar con un seguro de comunidad. De lo contrario, de haber algún problema, cada uno de los vecinos deberá afrontar los gastos de acuerdo a su porcentaje de propiedad.
En el caso de no contar con una póliza que cubra a la comunidad de vecinos, si será obligatorio contar con un fondo de reserva. Este dinero estará destinado a cubrir los imprevistos que puedan surgir.Igual que ocurre con leyes como la normativa de portal, es importante conocer si existen algunas indicaciones especiales en el lugar donde vivimos. Por ejemplo, si vivimos en Madrid o en Valencia, si es obligatorio contratar un seguro para la comunidad de vecinos.
La cobertura general del seguro de comunidades suele incluir:
- Actos vandálicos y malintencionados
- Daños por fuego producidos por un incendio, explosión y/o caída de rayo
- Daños eléctricos causados por subidas de tensión y cortocircuitos
- Inundaciones, roturas y filtraciones
- Gastos de desatasco
- Daños por roturas de lunas y cristales
Como es habitual en todas las pólizas, podemos incluir coberturas adicionales en función de las necesidades de nuestro edificio y sus zonas comunes. Sin embargo, seguirán existiendo algunas exclusiones entre las cuales pueden incluirse las siguientes:
- Hechos no denunciados a la policía
- Reconstrucción de jardín por plantaciones en mal estado o plantaciones en terrenos encharcadas por riego
- Maquinaria con antigüedad superior a 20 años
- Ascensores sin revisiones legales o sin contrato de mantenimiento
- Daños que se cubran con la garantía del fabricante
- Daños por agua de origen meteorológico
- Averías conocidas y no subsanadas
- Reembolso de facturas de profesionales que no hayan sido enviados por la compañía
- Siniestros calificados como catástrofe
- Daños derivados de defectos de construcción
- Control de plagas en zonas comunes
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