La fachada es uno de los elementos más olvidados de la comunidad de vecinos. Pese a que su función es de vital importancia para nuestras viviendas, en muchas ocasiones nos olvidamos de ella y acaba necesitando obras de rehabilitación y reforma.
¿Qué es la fachada del edificio?
Cuando hablamos de la fachada de un edificio, hacemos referencia al conjunto de caras exteriores. Sin embargo, es habitual que se utilice para hacer referencia únicamente, a la fachada delantera donde está ubicada la puerta de entrada.
La fachada del edificio nos protege de las condiciones meteorológicas, como la lluvia o la nieve. Sin embargo, si alguno de sus elementos se encuentra en mal estado, podemos tener filtraciones de agua, en el portal o en las habitaciones de las viviendas.
Tipos de fachadas
- Ligera: No forma parte de la fachada realmente, sino que se trata de una adhesión a la estructura del edificio.Puede ser de tipo muro cortina o fachada panel, y se usa para dar más luminosidad a la entrada del edificio.
- Pesadas: Formadas por elementos constructivos de gran peso, superior a 100kg/m2.
- Prefabricadas: Creadas mediante módulos ensamblados, es habitual en naves.
- Tradicional: Son el tipo de fachada más habitual. Están construidas en materiales como el ladrillo, la piedra o la madera.
- Ventiladas: Sin aquellas fachadas que cuentan con una cámara de aire entre sus materiales
Cambios permitidos
Antes de empezar cualquier obra en la comunidad de vecinos, debemos revisar la legislación vigente en ese momento. La fachada de nuestro edificio, es un elemento constructivo visual del lugar donde se encuentra, y por tanto, puede estar sujeto a limitaciones o recomendaciones. Además, antes de su realización, deberán seguirse los pasos detallados en el estatuto de la comunidad de propietarios.
Si se tratan de obras de mejora de la fachada suntuarias o no necesitadas, no podrán ser exigidas, ni siquiera, por parte del Presidente de la Comunidad. Deberá realizarse una votación entre los propietarios y alcanzar al menos un ⅗ del total para poder ser aprobada. En este caso, si el precio de la reforma es superior al pago de 3 mensualidades del pago de la comunidad, los propietarios discrepantes no están obligados al pago.
Si los vecinos no acuden a la reunión de votación para la reforma de la fachada, estos contarán con un plazo de 30 días para hacerlo. En caso contrario, su voto puede ser usado de forma favorable para aumentar la mayoría exigida para aprobar las obras.
¿Quién paga el arreglo de la fachada?
Debemos tener en cuenta, que la fachada se encuentra dentro de los elementos de las zonas comunes de la comunidad de vecinos. Por tanto, es posible que sea necesario realizar una derrama entre todos los propietarios, para afrontar los costes de la remodelación de la fachada.
Sin embargo, debemos tener en cuenta que si el arreglo hace referencia a elementos propios de cada vivienda, como pueden ser las ventanas o las persianas, cada vivienda hará el pago de estas obras, sin poder exigir el abono por parte de la comunidad.
Debemos tener en cuenta que si estas obras individuales suponen un cambio en la fachada, deberán ser aprobadas por la mayoría de la comunidad de vecinos, tal y como se establece en la Ley de Propiedad Horizontal.
Cómo mejorar una fachada
Una de las mejoras de fachada más simples, es el cambio de puerta de portal. Con una pequeña obra como es cambiar este elemento, la imagen de la fachada puede verse actualizada y renovada sin apenas hacer nada. En caso de que tu comunidad de vecinos, siga manteniendo una puerta antigua y queráis darle una imagen más renovada, los marcos de acero inoxidable conseguirán ese toque moderno.
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